La directiva europea de 2004 relativa a los COV se tradujo en un Decreto Real en 2005. Este DR regula la disminución de los compuestos orgánicos volátiles en ciertas pinturas y barnices producidos o importados en España.
Las pinturas para edificación (categoría A) se reparten en 12 subcategorías, en función de su utilización y de su composición. Cada una de las subcategorías está a su vez subdividida en dos: pinturas al agua y pinturas sintéticas. Para cada subcategoría, hay una tasa límite máxima en COV fijada para el producto listo al uso.
Los fabricantes debemos respetar los valores máximos autorizados en dos fases. La primera fase entró en vigor el 1 de enero de 2007. La segunda fase, más estricta, entrará en vigor el 1 de enero de 2010.
¿A qué pinturas se aplica?
El RD afecta a las pinturas y barnices que se aplican en edificios y estructuras con las que están relacionadas (como estructuras de madera) desde un punto de vista decorativo, funcional o de protección. Esta reglamentación es válida tanto para los productos utilizados por los pintores profesionales como para los utilizados por los usuarios particulares. Es de aplicación a su vez para interior y exterior. Al final de este libreto, encontrarás la lista completa de los valores COV que deben satisfacer las pinturas en 2007 y 2010.
Es interesante saber que la reglamentación no se aplica a todos los productos. Los siguientes productos no están sujetos a la legislación de COV: pinturas y barnices para barcos, pinturas de señalización de tráfico, pintura para piscinas, colas y decapantes, aceites, ceras, productos de mantenimiento y pulimentos, en tanto en cuanto estos productos no forman película; pinturas para maquinaria, vehículos agrícolas, electrodomésticos, productos semiacabados, pastas para teñir y masillas.
¿Por qué esta legislación COV?
Está generalmente aceptado que la cantidad de COV debe ser reducida, y que la industria de la pintura debe aportar su granito de arena. El objetivo concreto en Europa es reducir el total de emisiones al menos un 45% de aquí al 2010. En el mundo de la pintura, este objetivo es realizable promoviendo el uso de las pinturas de base agua adaptando las fórmulas de otros tipos de pintura.
AkzoNobel, fiel al lema Tomorrow’s Answers Today (Las respuestas del mañana, hoy), ya ha anticipado esta legislación desde hace tiempo. Además, las normas de emisión que nos fijamos son, en ocasiones, más estrictas que las fijadas por ley. Podemos garantizar nuestro futuro tan solo dando a nuestros clientes los productos y servicios que se adaptan a sus necesidades actuales y futuras. Esta es la base de todo lo que hacemos y la ambición nos define. Esta es la manera en que trabajamos. Esto es Procolor.
¿Se pueden vender o utilizar pinturas que no cumplan COV?
La legislación prevee un escenario de extinción, con el fin que todos los productos comprados puedan ser utilizados todavía y este escenario es válido tanto para los pintores profesionales como para los particulares. Para los fabricantes, hasta la fecha límite del 31 de diciembre 2009, podemos fabricar todavía productos no conformes a la reglamentación COV 2010 y podemos comercializar todavía estos productos 12 meses más (hasta el 31.12.2010). La restricción para los fabricantes es de no fabricar productos que no cumplan COV 2010 a partir del 01.01.2010.
En resumen, los distribuidores y tiendas pueden continuar vendiendo estos productos hasta agotar stocks. Los pintores pueden utilizarlas sin ningún límite. No existe ninguna obligación de restitución para las tiendas o pintores.
¿Qué hacer con las pinturas importadas?
La nueva reglamentación se aplica a todas las pinturas. Esto significa que las pinturas importadas, sea cual sea su país de origen, deben cumplir los mismos requisitos que las pinturas fabricadas en España.
La legislación COV, ¿se aplica también al sector del bricolaje?
Tal y como hemos indicado anteriormente, se aplica a todas las pinturas. Y por lo tanto, también a los productos utilizados por particulares. Igual que para el pintor profesional, existe un escenario de extinción previsto para los particulares. Esto significa que puede utilizar su reserva actual y que puede comprar productos no conformes en la tienda, si estos productos son de stock.